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Uso del producto Crédito Comercial
Conoce todos los detalles del producto.
El crédito comercial es un préstamo de dinero que el Banco entrega a empresas de diverso tamaño y a personas naturales con giro, para satisfacer necesidades de capital de trabajo, proyectos de inversión, adquisición de bienes, pago de servicios orientados a la operación de la misma o para refinanciar pasivos con el Banco o con otras instituciones y proveedores de corto plazo.
- Cuotas mensuales, trimestrales, semestrales, anuales o con un solo vencimiento.
- Período de gracia para el pago de la primera cuota de hasta 3 meses.
- Plazo del Crédito de hasta 60 meses.
- Abono en Cuenta Corriente, si lo estima conveniente.
- Cargo Automático de la cuota en Cuenta Corriente.
- Abono en Cuenta Corriente.
- 1El cliente solicita crédito al Banco y acompaña antecedentes necesarios para su evaluación.
- 2Ejecutivo(a) comercial recibe solicitud de crédito y realiza la revisión de antecedentes requeridos para la evaluación.
- 3La solicitud se somete a aprobación comercial y de riesgo.
- 4Con la aprobación del crédito, el cliente firmará el set de documentos correspondiente para realizar el curse.
Banco de Chile realizará directamente la cobranza extrajudicial de sus operaciones de créditos (créditos hipotecarios, créditos en cuotas, créditos comerciales, tarjetas de crédito, líneas de crédito, etc.) siendo de cargo del deudor el recargo por este concepto. Sin perjuicio de lo anterior, el Banco podrá realizar dicha cobranza por medio de terceros, identificando al o los encargados conforme lo establece el artículo 37 de la Ley 19.496, lo que se informará en su oportunidad de conformidad con la norma legal citada.
Las modalidades y procedimientos de cobranza extrajudicial, pueden ser cambiados anualmente en el caso de operaciones de consumo cuyo plazo de pago exceda de un año conforme a lo previsto en la citada norma legal, debiendo avisar tales cambios con una anticipación mínima de dos períodos de pago.
En la etapa de cobranza extrajudicial, los pagos con más de 20 días corridos de atraso (mora), estarán afectos a recargos de cobranza de costo del deudor, los que serán aplicados sobre el monto de la deuda vencida a la fecha del atraso a cuyo cobro se procede, conforme a la siguiente escala progresiva:
MONTO DE LA DEUDA | RECARGOS |
---|---|
Deudas de hasta UF 10 | 9% |
Por la parte que exceda de UF 10 y hasta UF 50 | 6% |
Por la parte que exceda de UF 50 | 3% |
De conformidad a la ley, Banco de Chile y/o los terceros encargados de la cobranza, en su caso, podrá efectuar sus gestiones mediante llamadas telefónicas, cartas, visitas y otros medios que determine, estando facultado para definir libremente la mejor forma de desarrollar las gestiones de cobranza, las que, en todo caso, se llevarán a cabo en días hábiles, entre las 8.00 y las 20.00 horas.
En la etapa judicial los costos de cobranza para el cliente comprenderán honorarios que corresponderán al estado de avance y complejidad del juicio, los que se calcularán en el rango entre el 10% y el 15% de lo demandado, más los gastos y/o costas judiciales. La etapa judicial se iniciará con la notificación de la respectiva demanda.
Además, y según lo establecido en la Ley 19.628 sobre protección de datos de carácter personal, el Banco de Chile podrá comunicar toda la información necesaria para la cobranza de los créditos otorgados, tales como, número de la operación de crédito, detalle de deudas, garantías, nombre, apellido y RUT del cliente, teléfonos, correos electrónicos, domicilios, residencias o moradas, etc., autorizándolo así el cliente en este acto.
- Siempre utiliza contraseñas robustas. Debes crearlas con la mayor cantidad de caracteres posibles (según lo permita la plataforma que estás utilizando) e incluir letras mayúsculas, letras minúsculas, números y símbolos especiales.
- No recicles contraseñas.
- No utilices la misma contraseña para todos los portales. Es importante que cada contraseña que utilices sea distinta; así si una de ellas es vulnerada por atacantes, las otras cuentas y perfiles no estarán en peligro.
- Evita acceder a tu sitio privado del banco desde equipos que no conoces, no accedas desde redes Wifi que no sean seguras.
- Para dispositivos móviles activa diversas opciones de desbloqueo, un patrón alfanumérico y acceso biométrico (huella dactilar o reconocimiento facial).
- No permitas que el navegador recuerde tus claves.
- Permite las actualizaciones de seguridad en tus dispositivos, tanto de computadores como celulares o tablets, y mantenlos protegidos permanentemente con un antivirus.
- Configura tus redes sociales en modo privado, para que solamente las personas que conoces tengan acceso a tu información.
El o los obligados podrán anticipar el pago del crédito, total o parcialmente, sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones copulativas:
- Deberá darse aviso por escrito al Banco de Chile con una anticipación mínima de 5 días hábiles bancarios, indicando el monto a prepagar y la fecha en que se efectuará el prepago.
- Los prepagos parciales no podrán ser inferiores al 10% del capital adeudado, salvo consentimiento del acreedor.
- Deberá pagarse la totalidad de los intereses devengados a dicha fecha.
- Los prepagos deberán efectuarse con fondos de inmediata disponibilidad para Banco de Chile.
- Se deberá pagar la comisión máxima permitida estipular para operaciones de esta naturaleza, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 18.010 y la letra h) del artículo 3 de la ley 19.496, esto es:
i.- Tratándose de operaciones no reajustables: el valor de un mes de intereses pactados calculados sobre el capital que se prepaga
ii.- Tratándose de operaciones reajustables: el valor de un mes y medio de intereses pactados calculados sobre el capital que se prepaga.
El principal objeto de este proceso es la contratación por el cliente de productos o servicios financieros con un nuevo proveedor y el término de uno o más productos o servicios financieros contratados con el proveedor inicial.
Etapas
1. Solicitud de portabilidad.
2. Oferta de portabilidad.
3. Aceptación de la oferta de portabilidad y otorgamiento de mandato de término.
4. Contratación de productos y servicios financieros.
5. Ejecución del mandato de término.
6. Inscripción de garantías sujetas a registro (medida de publicidad).
7. Término y cierre de productos del proveedor inicial.
En caso de que el Crédito otorgado para emitir la Boleta esté garantizado con una garantía específica y fue dado de baja, el Banco se encarg de todos los trámites necesarios para el alzamiento de la hipoteca o prenda, a su cargo y costo, incluida la inscripción en los registros correspondientes del Conservador de Bienes Raíces o Registro Civil respectivo. En el caso de garantías generales, el alzamiento requiere una evaluación comercial.
A contar del 23 de enero de 2016, entra en vigencia la Ley 20.855 sobre Alzamiento de Hipotecas y Prendas:
1. Inicio Proceso Alzamiento
Créditos con garantía Específica: Para los créditos caucionados con una prenda o hipoteca específica, el Banco procederá a cancelar y alzar la garantía dentro de los 45 días contados desde la extinción total del crédito.
Créditos con garantía General: Para los créditos caucionados con hipoteca o prenda general, una vez que se encuentre pagada la última obligación caucionada con dicha garantía, el Banco informará al cliente, que puede solicitar el alzamiento de dicha garantía.
Si el cliente solicita el alzamiento, debe completar y entregar el Formulario de solicitud de alzamiento con su Ejecutivo(a) de Cuenta o en cualquier sucursal del Banco. El Banco procederá a realizar una evaluación comercial para ratificar que no existan nuevos créditos u otras operaciones que queden garantizados por la hipoteca o prenda a alzar.
También puede llamar a Banca Telefónica al 600 637 38 38, donde se solicitará singularizar el bien dado en garantía (ubicación, dirección, patente entre otros) o canalizar su consulta en cualquier sucursal.
En los casos que correspondan, el Banco otorgará la escritura de cancelación y alzamiento y la ingresará al Conservador de Bienes Raíces o Registro Civil, dentro de los 45 días contados desde la solicitud del cliente.
2. Redacción y otorgamiento de la escritura de alzamiento
El Banco suscribirá una escritura pública preparada por sus asesores legales.
3. Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces o Registro Civil
El Banco se encargará de gestionar la inscripción del alzamiento, en el Conservador de Bienes Raíces o Registro Civil respectivo, para la cancelación de las inscripciones de hipoteca o prenda y sus prohibiciones.
4. Finalización del Proceso Alzamiento
El Banco informará el alzamiento y cancelación de la hipoteca o prenda, dentro de los 30 días siguientes de realizada la respectiva cancelación en el Conservador de Bienes Raíces o Registro Civil, según corresponda.